Puntos Importantes:
- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) de México reafirmó una vez más que las entidades financieras reguladas en ese país tienen prohibido realizar operaciones con Bitcoin y otras criptomonedas.
- El presidente de la CNBV indicó que las regulaciones a las criptomonedas se encuentran establecidas en la Ley FinTech.
- El presidente de la CNBV resaltó que el uso de criptomonedas se puede llevar a otros ámbitos, pero indicó que la compra y venta debe ser regulada y supervisada.
El presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) de México, Juan Pablo Garf, reiteró una vez más, este jueves 2 de septiembre, la prohibición del uso de Bitcoin y otras criptomonedas por parte de las instituciones financieras reguladas de ese país, en las operaciones llevadas a cabo con sus clientes.
Dichas declaraciones fueron dadas durante su participación en el foro Inside LatAm: México 2021, organizado por la calificadora crediticia de bonos Moody’s; diversos medios, incluyendo la revista digital mexicana revista digital mexicana Expansión se encargaron de recoger las impresiones del evento.
Durante dicho foro, Graf expresó que las regulaciones sobre las criptomonedas quedaron “muy bien establecidas” en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (FinTech).
En la mencionada ley se expone que “podrán operar los intermediarios financieros con las criptomonedas, bajo el efecto que determine el Banco de México”. Sin embargo, el banco central mexicano aún no lo ha determinado, por lo que “de cara a la clientela no está permitida la compra-venta de los activos virtuales«, sentenció Graf.
El presidente de la CNBV añadió que es necesario ver y evaluar el desarrollo del ámbito de las “operaciones con criptomonedas”, al tiempo que resaltó que México es un “pionero” en “no adelantarse a aprobar operaciones con estos activos”, así como en establecer que “tiene que haber una clara separación” respecto a los activos virtuales mientras “el mercado se va estabilizando”.
Graf estableció que se puede aprovechar “lo mejor de la tecnología” relacionada a las criptomonedas y “tratar de llevarla a otros ámbitos”, pero a la vez insistió en que debe tenerse especial cuidado “con la compra y venta” de dichas monedas.Graf aseveró que por esa razón dicho mercado debe “seguirse regulando”.
Graf acotó que a los clientes de las entidades financieras mexicanas “no les está permitida la compra-venta de los activos virtuales». Según Graf, ese tipo de prohibición “tiene buenas razones”, destacando lo que “está pasando en otras latitudes”.
En esta última parte, Graf se refirió específicamente a “las últimas declaraciones brindadas por la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) de EE.UU.” en lo que respecta “a las preocupaciones” que en torno al mercado de criptomonedas.
Graf hizo comentarios en torno a los desarrollos dentro del ecosistema de las monedas digitales e hizo énfasis en el tema de las llamadas “stablecoins”, que no son más que tokens asociados al valor de una moneda fiat, a bienes materiales como el oro o los inmuebles, o a otra criptomoneda.
Respecto a ello, Graf expresó: «creo que la parte de las stablecoins es algo muy similar a lo que tenemos nosotros en las fintech de pago electrónicos”, ya que se trata “de que el dinero esté bien respaldado y con activos con poco riesgo de mercado, eso es lo que pasa en el segmento de pagos electrónicos», opinó el directivo.
Prohibiciones en México
No es la primera vez las autoridades mexicanas fijan posición respecto a la prohibición de las operaciones con criptomonedas y tokens. A finales del mes de junio, el Banco de México (Banxico), la Comisión Nacional Bancaria de Valores (CNBV) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitieron un comunicado para recordarle a los bancos que “están prohibidas las operaciones con activos virtuales”.
En dicho comunicado conjunto, las autoridades dejaron claro que los activos virtuales, como criptomonedas y “stablecoins” no tienen curso legal en México, y tampoco son consideradas divisas. Asimismo, hicieron énfasis en la prohibición de emitir y generar recursos a partir de “stablecoins” ancladas al peso mexicano.
Recientemente, la Unidad de Inteligencia Financiera de México se dirigió a los proveedores de servicios de activos virtuales, incluyendo a los intercambios de criptomonedas (sin importar que se encuentren o no en el país) a través de un comunicado, en el cual reportaron que dichos servicios están obligados a presentar avisos, referentes a los actos u operaciones que realicen sus clientes, cuando el monto en cuestión sea igual o superior a los 2.869 USD por transacción.
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