PUNTOS IMPORTANTES:
- El Banco Central de Uruguay (BCU) declaró que las criptomonedas y los activos virtuales no son monedas de curso legal en ese país.
- El BCU se encuentra trabajando en sentar las bases para el tratamiento regulatorio de los activos virtuales.
- El BCU informó que para finales de este año se elaborará una propuesta de modificación a las disposiciones legales vigentes para crear un marco claro en referencia a la regulación de las criptomonedas.
El Banco Central de Uruguay (BCU) se sumó a la lista de países que fijan una posición respecto a las criptomonedas y los activos virtuales, ya que recientemente expresó que estos no son monedas de curso legal en dicho país. La entidad estatal también indicó que se encuentra trabajando en la creación de un marco claro para su regulación.
Las declaraciones las realizó el BCU a través de un comunicado publicado en su portal web, en el cual establece “los pasos dados y próximas actividades en agenda en relación con el desarrollo de operativas” con criptomonedas y activos virtuales.
En dicho comunicado, el BCU afirmó que aunque “estos instrumentos pueden tener el potencial de contribuir al desarrollo y eficiencia del sistema financiero y de pagos”, también pueden terminar generando “nuevos riesgos o exacerbar los existentes”, supuestamente por la “ausencia de una regulación específica que permita mitigarlos”.
En primera instancia, el BCU indicó que los activos digitales “no constituyen monedas de curso legal” en Uruguay, porque “no fueron emitidos ni cuentan con el respaldo de ningún banco central”, dejando en claro que el peso uruguayo es el único en poseer dicha denominación en ese país. En este sentido, la entidad central aclaró que las instituciones financieras y los comercios uruguayos no están obligados a procesar transacciones con criptomonedas y otros activos virtuales, o a aceptarlos como medio de pago.
El BCU resaltó algunas características de criptomonedas como Bitcoin, que “favorecen el anonimato y la no reversibilidad de las transacciones”, así como la volatilidad en los precios y cotizaciones, indicando que esto último podría representar “dificultades para su reconversión a pesos uruguayos u otras monedas”.
El BCU también mencionó que las actividades tanto de “emisión” como de “comercialización de estos instrumentos” no se encuentran “comprendidas dentro de la actuación del BCU”, por lo que no están sujetas a regulaciones específicas en Uruguay. De igual forma, la entidad bancaria indicó que cualquier persona que opere con ellos no contará con “las medidas de protección al usuario financiero prestadas por entidades reguladas y supervisadas” por el BCU, por lo que recomendó realizar evaluaciones de los riesgos asociados a monedas virtuales.
Marco regulatorio para criptomonedas en Uruguay
El comunicado del BCU también hace referencia a la regulación de las criptomonedas y los activos virtuales, indicando que durante este año han venido trabajando en “un marco conceptual partiendo de la base de la realidad de negocios de las distintas operativas que involucran activos virtuales, comprendiendo tanto las nuevas actividades, así como las que ya pudieran estar comprendidas por la regulación vigente”.
El BCU planea que para el último trimestre de este año se establezca un plan de trabajo “con vistas a sentar las bases para el tratamiento regulatorio de los activos virtuales y las actividades de los prestadores de servicios de activos virtuales en su jurisdicción”. Antes de que culmine el año, el BCU espera “promover un diálogo con actores de la industria y se continuará el relacionamiento con otros reguladores y organismos internacionales a fin de profundizar en el conocimiento de su experiencia en la regulación y supervisión de estas actividades”.
Asimismo, el BCU adelantó que, para finales de 2021, tienen proyectado la elaboración de una propuesta para modificar las disposiciones legales vigentes, con el fin de regular las actividades que involucren activos digitales. En este sentido, la entidad agregó que “oportunamente se brindarán detalles sobre la hoja de ruta de las actividades a desarrollarse durante el año 2022 con el objetivo de avanzar en las definiciones institucionales en esta temática”.
Las declaraciones realizadas por el Banco Central de Uruguay son similares a las que el Banco Central de República Dominicana realizó a finales del pasado mes de septiembre, ya que dicha entidad regulatoria también indicó que las criptomonedas como Bitcoin y otros activos digitales no son monedas de curso legal en ese país, y no se encuentran respaldados ni por esa entidad ni por el Estado, mencionando algunos de los posibles riesgos asociados a ellas.
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